Tiene muchos bemoles que nuestra rancia juristocracia todavía no haya obligado a la UCO investigar al defraudador novio confeso de la Ayuso y sin embargo condenen al Fiscal General Ortiz a pagar 7200 euracos, que corresponderían ( mas-menos) a dos meses bancarios de la hipoteca de este sujeto para allanarle económicamente la nueva adquisición del ático sobre el piso que comparte con su enamorada. Esperpénticos bemoles inauditos. Cualquier lawfare, por pintón que se acredite, es bueno para sumar a los intentos de ocupar la Moncloa. Todo vale en esta carrera del “quítate tú, pa ponerme yo” y todo, a su caprichosa vez, favorece al comisionista Amador de la IDA. Como el bemol es una nota de entonación un semitono más baja que la de su sonido natural, nos encontramos con una especie de eructo judicial entretenidísimo para los juristas que doctamente opinan por las redes, y los medios echando pestes y elucubraciones de todo tipo sobre el procedimiento perpetuado por estos de las blancas y almidonadas puñetas secadas al sol con mucha cara. La omnipotencia de los puñeteros bien administrada permite ciertos lujos no desaprovechables por algunos, que hacen de sus ideas y fidelidades patrón de aviso a navegantes que creen a pies juntillas en el derecho, y ahora se ven obligados a humillarse intelectualmente ante lo torcido de la situación. Cuando alguien es acusado de haber delinquido, quien detenta el interés en castigarlo y sancionarlo, obligados a ley, no son los fiscales ni los jueces sino toda la sociedad que se defiende, a través de ellos, de ese delito imputable. Convengamos, por escolástica prudencia, que lo primero y fundamental, tal y como lo entendemos los muy legos, es constatar fehacientemente que el delito se haya perpetrado. El recurso de amparo que ya se andaran currando en defensa del Fiscal General del Estado, al que chutan dos años de inhabilitación por un delito de revelación de datos reservados, será una pieza preñada de anomalías y torticeríos diversos, contenidos en esta ocasión y consignados en evidencia en cuanto se den a conocer los contaminados (¿) argumentos jurídicos de una condena que no se sabe cuánto tiempo tardará en redactarse y hacerse pública. Recordemos, antes de que esta justificación procesal llegue a nuestras manos, que se defendió en el juicio que la nota difundida no hacía valoraciones subjetivas y que solo facilitaba datos “que ya estaban circulando en los medios de comunicación” ¿Eso supone un claro deber de reserva? ¡¡¡Vengaaaaa!!! “Las manifestaciones atribuidas en los expedientes al querellante y difundidas mediante la nota de prensa habían circulado ya amplia y propiamente en los medios de comunicación, propagadas, entre otros, por el propio querellante.” Es textual. Lo demás que se quiera añadir es echar gasolinas o golosinas al fuego. Un sainete bufo tiene más consistencia teatral que esta farsa que no tendría cabida en ningún satírico “paso” de Lope de Rueda aunque fuera protagonizado por Miguel Angel Rodríguez alias “EL CANOSO BULERO DEFENSOR”.









