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Home Blog

Cuestionada imparcialidad del Ministerio Fiscal

Eligio Hernández Gutiérrez

por Madrid Market
15 marzo 2024
en Blog
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La ley del «Solo si es si» es una auténtica vergüenza y la «ley trans» creo que es anticonstitucional, plantea el socialista ex Fiscal General del Estado Eligio Hernández
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El Ministerio Fiscal es un órgano de relevancia constitucional con personalidad jurídica propia, integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial, y ejerce su misión por medio de órganos propios, conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.  Por el principio de imparcialidad el Ministerio Fiscal actuará con plena objetividad e independencia en defensa de los intereses que le estén encomendados.

El principio de imparcialidad requiere inexcusablemente que los informes y actuaciones del Ministerio Fiscal no estén influidos por prejuicios ideológicos, ni amistades, ni posiciones previas, sino únicamente por la fuerza de los argumentos y de las pruebas en el proceso. Para que un tribunal juzgador o el Ministerio Fiscal cumplan el principio de «imparcialidad», tiene que ir más allá de toda duda razonable.

La objetividad es un concepto fuertemente conectado con la imparcialidad. De hecho, la imparcialidad requiere de objetividad, pero implica una decisión o elección entre diversas opciones o circunstancias. En otras palabras, ser imparcial implica no tener favoritismos personales -o interés- entre dos o más opciones objetivas. Como criterio de justicia, la imparcialidad sostiene que las decisiones deben tomarse atendiendo a criterios objetivos sin influencias de sesgos, prejuicios o tratos diferenciados por razones inapropiadas.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), establece las siguientes garantías para cumplir el principio de imparcialidad:

 a) El Gobierno podrá interesar del Fiscal General del Estado (FGE) que promueva ante los Tribunales las actuaciones pertinentes en orden a la defensa del interés público, y éste, oída la Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, resolverá sobre la viabilidad o procedencia de las actuaciones interesadas y expondrá su resolución al Gobierno de forma razonada.

b) El fiscal que recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo estime improcedente, se lo hará saber así, mediante informe razonado, a su Fiscal-Jefe, que, si no considera satisfactorias las razones alegadas, planteará la cuestión a la Junta de Fiscalía y, una vez que ésta se manifieste, resolverá definitivamente reconsiderándola o ratificándola. Si la orden fuere dada por el Fiscal General del Estado, éste resolverá oyendo a la Junta de Fiscales de Sala.

c) El Fiscal General del Estado dispone de una Secretaría Técnica que será dirigida por un Fiscal Jefe y estará integrada por un Teniente Fiscal y los fiscales que se determinen en plantilla, que nombra discrecionalmente, seleccionados por su  acreditada solvencia jurídica, que realizarán los trabajos preparatorios que se les encomienden en aquellas materias en las que corresponda a la Junta de Fiscales de Sala asistir al Fiscal General del Estado, así como cuantos otros estudios, investigaciones e informes estime éste procedente.

Para mantener la unidad de criterios, estudiar los asuntos de especial trascendencia o complejidad o fijar posiciones respecto a temas relativos a su función, cada Fiscalía celebrará periódicamente juntas de todos sus componentes. Los acuerdos de la mayoría tendrán carácter de informe, prevaleciendo después del libre debate el criterio del Fiscal Jefe.

Los Fiscales adscritos a las distintas secciones que integran la Fiscalía del Tribunal Supremo celebrarán Juntas de Sección, que estarán presididas por el Fiscal de Sala respectivo. En los casos en que el criterio del Fiscal Jefe fuera contrario a la opinión mantenida por la mayoría de los integrantes de la Junta, resolverá el Fiscal General del Estado, oído el Consejo Fiscal o la Junta de Fiscales de Sala según el ámbito propio de sus respectivas funciones.

Cuando la opinión del Fiscal General del Estado prevalezca sobre el acuerdo de la Junta de Fiscales  del Tribunal Supremo y se ejecute, como ha sucedido en el caso reciente sobre la exposición elevada por el Juez García Castellón, Juez de Instrucción nº6 de la Audiencia Nacional, a la Sala Segunda del Tribunal Supremo sobre la procedencia de continuar la investigación por el delito de terrorismo cometido por los independentistas  en el tsunami democratic,  se plantea si se ha vulnerado el principio de imparcialidad.

En este caso se ha producido una actuación insólita y, en mi opinión, irregular, de la Fiscalía General del Estado: El Juez García Castellón aprecia indicios   del delito de terrorismo en el tsunami democrátic, pero el fiscal asignado a la causa Miguel Angel Carballo, sostiene que no existen indicios de terrorismo. El fiscal del Tribunal Supremo Álvaro Redondo, en un primer informe cuyo borrador se filtró a la prensa, sostuvo que había indicios de criminalidad de terrorismo, pero tras una visita al FGE, emitió un segundo informe en el que no aprecia indicios de dicho delito.

La Junta de Fiscales de lo Penal del Tribunal Supremo, apreció por 12 votos a 3 que existen indicios de un delito de terrorismo en los disturbios que se produjeron en Cataluña en 2019 tras la sentencia del procés. Además, por 11 votos a 4, la Junta ve indicios para imputar en el caso al expresidente catalán Carles Puigdemont. Sin oír al Consejo Fiscal, ni que se sepa, a la Secretaria General Técnica, ante la disparidad de los dos Fiscales de Sala de la Sección de lo Penal del Tribunal Supremo, la Teniente Fiscal Ángeles Sánchez Conde emite un dictamen en el que no se aprecia indicios de terrorismo, que es el que se eleva, junto con el acuerdo mayoritario de la Junta de Fiscales, a la Sala II del Tribunal Supremo que, como era de esperar, dicta auto de  29 de febrero de 2024 que confirma la tesis de la Junta de Fiscales y rechaza el informe la de la Teniente Fiscal por la no valoración conjunta de los indicios de delito, lo que plantea el cuestionamiento  de la imparcialidad del del FGE y de la Teniente Fiscal.

Esto es así ya que, si el informe de ésta se hubiera confirmado por la Sala II del Tribunal nada habría que objetar sobre su imparcialidad, pero al  considerar este informe técnicamente recusable y valorar más el informe mayoritario de la Junta de Fiscales surge la duda de si el informe la Teniente Fiscal, encomendado por el FGE, estuvo jurídicamente motivado  o influyeron otros motivos no estrictamente técnico-jurídicos, teniendo en cuenta que algunos ministros infravaloraron públicamente el informe de la Junta de Fiscales considerando válido sólo el del Fiscal General del Estado.

Ya se ha dicho que para que el Ministerio Fiscal cumpla el principio de «imparcialidad», tiene que ir más allá de toda duda razonable, y  no basta con ser imparcial, sino que hay que  parecerlo: La jurisprudencia constitucional ha señalado que el juez y el fiscal no sólo deben ser imparciales, sino que deben parecerlo a los justiciables pues de esas apariencias depende también la legitimidad de la justicia, sobre todo cuando concurre en el juez o fiscal una circunstancia, como en este caso,  que haría dudar de su imparcialidad, por más de que actúe imparcialmente.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó el 1 de diciembre de 2015 una sentencia contra el Reino de España que viene a reafirmar la necesidad de que los jueces y fiscales, además de ser imparciales, lo parezcan. Dicho de otro modo: en lo relativo a las garantías de imparcialidad judicial las apariencias importan. En este caso del tsunami democrátic se ha destruido la apariencia de imparcialidad del Ministerio Fiscal.

Ya he escrito que no conozco ningún caso en el que el FGE, y menos el Teniente Fiscal, se hayan separado del criterio de la Junta de Fiscales. Para presidir la Junta de Fiscales de Sala, cuando era FGE, preparaba la reunión rigurosamente con el asesoramiento de los seleccionados fiscales de la Secretaría Técnica para desempeñar el cargo con cierta dignidad, sin llegar, ni de lejos, a la altura jurídica y sabiduría de los fiscales que la integraban.

Nunca me paso por la cabeza discrepar del acuerdo mayoritario de la referida Junta, aunque podía legalmente hacerlo. Todas las Circulares Instrucciones que firmé, cuyas directrices de política criminal yo impartía, fueron redactadas íntegramente por los fiscales de la Secretaría Técnica, sobre todo por la pluma magistral del entonces fiscal Manuel Marchena, un jurista excepcional, hoy presidente de la Sala II del Tribunal Supremo.

Puedo afirmar categóricamente, 30 años después de que cesé como FGE, que Felipe González respetó escrupulosamente mi imparcialidad y apoyó siempre mis decisiones, aunque alguna de ellas perjudicó políticamente al Gobierno. En nuestros despachos, cuando le comunicaba mis resoluciones una vez tomadas, me decía siempre “esa es tu responsabilidad”.

Si hay alguien que conozca profundamente a un presidente del Gobierno, es su Fiscal General. Fue cuando Felipe González se me revelo como un gran estadista, a la altura, o más, de Cánovas del Castillo y José Canalejas, y, con una capacidad de gobierno superior a Manuel Azaña, según me dijo personalmente el historiador azañista Santos Juliá.

Mi ya dilatada experiencia profesional y política me permite  afirmar que muchos de los problemas de la Administración de Justicia de solucionarían dotando al Ministerio Fiscal de presupuesto propio y de una mayor autonomía funcional,  y proponer que, en una futura reforma de la Constitución se modifique el artículo 124 de la misma para la plena integración del Ministerio Fiscal en el Poder Judicial, como ya se contempla en el EOMF, al que se le  otorgue las mismas garantías de independencia que la Administración de Justicia, como se   estableció en el artículo 104 de la Constitución de 1931 de la II República, y que, al igual que los Vocales del CGPJ, el Fiscal General del Estado sea nombrado por una mayoría de tres quintos del Congreso de los Diputados a propuesta del Gobierno.

 

*  Eligio HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ

Presidente de la Sociedad Civil de Canarias.

Abogado en ejercicio y Magistrado jubilado.

Embajador de la Marca Ejército.

Ex fiscal general del Estado y ex miembro del Consejo de Estado.

Ex diputado en el Parlamento de Canarias.

Ex Gobernador Civil de S/C de Tenerife y delegado del Gobierno en Canarias.

Ex miembro del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Académico de la Academia Canaria de la Lengua.

Licenciado en Derecho por la Universidad de La Laguna (ULL)

Diplomado en Derechos Humanos por la Universidad de Estrasburgo.

Vicepresidente de la Fundación Juan Negrín.

Militante socialista.

Cristiano militante.

 

Santa Cruz de Tenerife,

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En efecto, de negro como agorera ala de cuervo “nevermore” iban don Felipe y sus retoños tanto la sufrida menor, al que algunos llaman “la Malquerida”, como la heroica paracaidista. No en cambio su señora que osaba audazmente vestir de blanco como si fuese una auténtica reina católica. Una familia muy unida y ejemplar. Sin embargo, se echa en falta la allí a la que sin duda ha venido demostrando más espiritualidad afín al Cristianismo, doña Sofía, la reina emérita, El quinteto con Prebost formaba una imagen surrealista. Bien es sabido que la consorte hace gala, y así se ha publicado reiteradamente, de ser atea, casada infiel, de moral distraída como se decía antes.  Pero hay algo que llama la atención entre los que creemos no haber perdido, al menos del todo, nuestra capacidad de comprensión lectora. Me refiero al Código de Derecho Canónico que en su canon 1397. 2 establece que «quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae». Blanco sobre negro, para el que no lo sepa, tal latinajo significa: de modo automático o sin necesidad de declaración expresa. Que quede claro que yo no juzgo el caso, simplemente me limito a exponerlo, porque me parecen mal los privilegios. Si la Iglesia no se atreve a hacer cumplir sus propias normas a los poderosos mejor es suprimirlas para todos. Pero mientras lo súbditos no se rebelen el Poder se manifiesta imperturbable a lo que dijeren leyes. Hace lo que le que en cada momento le parece que para eso es el Poder y al que no le guste que se aguante. Don Quijote en vez de para el buen Sancho gobernador acaso debiera haber guardado mejor sus sabios consejos para el señor cura en relación a las leyes: “si las hicieres procura que sean buenas, y sobre todo que se guarden y cumplan, que las pragmáticas que no se guardan lo mismo es que si no lo fuesen, antes dan a entender que el príncipe que tuvo discreción y autoridad para hacerlas no tuvo valor para hacer que se guardasen…”  Otro ateo declarado, burlador de la constitución, cínico promotor de conspiraciones contra las instituciones del reino e iconoclasta perseguidor de símbolos cristianos, hizo alarde de mañas y maniobras para hacerse la foto con Preboste que requerirían de todo el ingenio valleinclanesco para describirlas.  Prebost ha venido a soltar sus sermones que esperemos no sean émulos de los de Fray Gerundio de Campazas, alias Zotes, rescatados para la prosperidad por el Padre Isla. Ni que tampoco pretendan doblegar la voluntad nacional en lo que se refiere a mantener su dasein o identitaria forma de ser histórica española incitando al suicidio con el arma mortal de una barra libre para inmigrantes sin control.  Consejos vendo que para mí no tengo. El Estado Vaticano ejerce un control férreo de sus fronteras para que allí no se cuele una mosca, incluso han aumentado las multas y hasta penas de cárcel para quienes entren ilegalmente. La CEE no lo sabe pero en España existen más de ocho mil casas parroquiales e innumerables palacios episcopales u otros inmuebles y dependencias que pudieran acoger caritativamente como se predica a invasores menesterosos. Pero una cosa es pedir y otra dar trigo.  Ahora bien, para mejor comprender esta visita entre tanta hipocresía también nos podemos ayudar del famoso Manifiesto Surrealista de André Bretón:  “El surrealismo poético, al que consagro el presente estudio, se ha ocupado, hasta el actual momento, de restablecer en su verdad absoluta el diálogo, al liberar a los dos interlocutores de las obligaciones impuestas por la buena crianza. Cada uno de ellos se dedica sencillamente a proseguir su soliloquio, sin intentar derivar de ello un placer dialéctico determinado, ni imponerse en modo alguno a su prójimo. Las frases intercambiadas no tienen la finalidad, contrariamente a lo usual, del desarrollo de una tesis por muy insustancial que sea, y carecen de todo compromiso, en la medida de lo posible. En cuanto a la respuesta que solicitan debemos decir que, en principio, es totalmente indiferente en cuanto respecta al amor propio del que habla. Las palabras y las imágenes se ofrecen únicamente a modo de trampolín al servido del espíritu del que escucha”.  Una especie de diálogo para sordos. Todos a soltar su rollo y aquí no ha pasado nada.  “Después de haber instruido proceso a la actitud materialista, es imperativo instruir proceso a la actitud realista. Aquélla, más poética que ésta, desde luego, presupone en el hombre un orgullo monstruoso, pero no comporta una nueva y más completa frustración. Es conveniente ver ante todo en dicha escuela bienhechora reacción contra ciertas risibles tendencias del espiritualismo.  Y, por fin, la actitud materialista no es incompatible con cierta elevación intelectual. Contrariamente, la actitud realista, inspirada en el positivismo, desde Santo Tomás a Anatole France, me parece hostil a todo género de elevación intelectual y moral. Le tengo horror por considerarla resultado de la mediocridad, del odio, y de vacíos sentimientos de suficiencia. Esta actitud es la que ha engendrado en nuestros días esos libros ridículos y esas obras teatrales insultantes. Se alimenta incesantemente de las noticias periodísticas, y traiciona a la ciencia y al arte, al buscar halagar al público en sus gustos más rastreros; su claridad roza la estulticia, y está a altura perruna. Esta actitud llega a perjudicar la actividad de las mejores inteligencias, ya que la ley del mínimo esfuerzo termina por imponerse a éstas, al igual que a las demás.”  Si la cosa siguiese así me temo que la estancia del jefe de Estado Vaticano se olvidará como nube de verano pese a alguna mojadura que otra, truenos y centellas incluidos. Una hipócrita ostentación del Poder. Los materialistas y los realistas en su embrollado turnismo liberticida volverán a lo suyo que, con visita o sin ella, es lo contrario de lo nuestro, y ajeno a toda preocupación estética o moral.     Twitter @Alfdelavega Manuel Valls y Pierre Nodoyuna https://t.co/VIQsxc9YZi vía @elmanifiestocom 7 years ago  Un beso proustiano entre los sueños. https://t.co/tYffB15JZ4 https://t.co/CMKeRpXfu8 7 years ago  @ftarrio @policia @guardiacivil Es una provocación y sabotaje del cacique Trampeta, que para más INRI se produce na… https://t.co/B0ejDSQnOT 7 years ago  RT @ftarrio: La Xunta de Feijóo se suma a los nacionalistas bildutarras del BNG en la petición de más transferencias de competencias para G… 7 years ago  La pérdida del poder desvela el verdadero rostro corrupto del socialismo andaluz https://t.co/mOJjWceIau 7 years ago  La primer ministro pierde la votación sobre el BREXIT, https://t.co/1gqtZtDjQX 7 years ago  Easy Rider, una revisión, https://t.co/gnuq9iK2VV https://t.co/nE5fEp7dWf 7 years ago  Sobre la anti jurídica Ley de Violencia de Género que algunos valientes bien informados combaten, https://t.co/OuvHpxBw2P 7 years ago  Sobre las Armas y las Letras, https://t.co/3xyCi1jJsU https://t.co/3eb1eLs5St 7 years ago  Manuel Valls y la demagogia a la francesa https://t.co/He6OripBiq 7 years ago  Categorías ABC Aire comprimido Alerta Digital Apuntes del viajero Arte y Cultura Ateneo de Cáceres Bandoleros españoles Ciencia y Naturaleza CONVOCATORIAS Curiosidades y costumbres Economía y finanzas Esoterismo y Metapsíquica Extremadura Filantropía Galicia: arte, antropología, magia Hojas caídas Ingeniería LA OPINIÓN DEL LECTOR Libros Memorias de El Greco Otros Ensayos Periodista digital Política y Libertad Sin categoría Tarot Tesoros de España Zaguán Últimas entradas Introito surrealista Algo más que una destitución Especulaciones ociosas «Avē, Caesar, moritūri tē salūtant» Forza Depor La geoestrategia según Feijoo La tournée de León XIV La Bandera por los suelos ¿Todo por la patria? 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Introito surrealista “SURREALISMO: Automatismo psíquico puro por cuyo medio se intenta expresar verbalmente, por escrito o de cualquier otro modo, el funcionamiento real del pensamiento. Es un dictado del pensamiento, sin la intervención reguladora de la razón, ajeno a toda preocupación estética o moral.” La visita de Prebost nada más empezar y si perjuicio de lo que suceda después, ya está ofreciendo momentos surrealistas y de sano cotilleo no exento de jolgorio que pone una necesaria nota de humor aunque sea negro a la calamitosa situación del reino otrora católico. Y hoy degradado a necesitada tierra de misiones tras medio siglo de pertinaz Monarquía que ha arrasado la antigua fe tanto como la superstición democrática. Una distopía ajena a toda estética o moral. En efecto, de negro como agorera ala de cuervo “nevermore” iban don Felipe y sus retoños tanto la sufrida menor, al que algunos llaman “la Malquerida”, como la heroica paracaidista. No en cambio su señora que osaba audazmente vestir de blanco como si fuese una auténtica reina católica. Una familia muy unida y ejemplar. Sin embargo, se echa en falta la allí a la que sin duda ha venido demostrando más espiritualidad afín al Cristianismo, doña Sofía, la reina emérita, El quinteto con Prebost formaba una imagen surrealista. Bien es sabido que la consorte hace gala, y así se ha publicado reiteradamente, de ser atea, casada infiel, de moral distraída como se decía antes. Pero hay algo que llama la atención entre los que creemos no haber perdido, al menos del todo, nuestra capacidad de comprensión lectora. Me refiero al Código de Derecho Canónico que en su canon 1397. 2 establece que «quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae». Blanco sobre negro, para el que no lo sepa, tal latinajo significa: de modo automático o sin necesidad de declaración expresa. Que quede claro que yo no juzgo el caso, simplemente me limito a exponerlo, porque me parecen mal los privilegios. Si la Iglesia no se atreve a hacer cumplir sus propias normas a los poderosos mejor es suprimirlas para todos. Pero mientras lo súbditos no se rebelen el Poder se manifiesta imperturbable a lo que dijeren leyes. Hace lo que le que en cada momento le parece que para eso es el Poder y al que no le guste que se aguante. Don Quijote en vez de para el buen Sancho gobernador acaso debiera haber guardado mejor sus sabios consejos para el señor cura en relación a las leyes: “si las hicieres procura que sean buenas, y sobre todo que se guarden y cumplan, que las pragmáticas que no se guardan lo mismo es que si no lo fuesen, antes dan a entender que el príncipe que tuvo discreción y autoridad para hacerlas no tuvo valor para hacer que se guardasen…” Otro ateo declarado, burlador de la constitución, cínico promotor de conspiraciones contra las instituciones del reino e iconoclasta perseguidor de símbolos cristianos, hizo alarde de mañas y maniobras para hacerse la foto con Preboste que requerirían de todo el ingenio valleinclanesco para describirlas. Prebost ha venido a soltar sus sermones que esperemos no sean émulos de los de Fray Gerundio de Campazas, alias Zotes, rescatados para la prosperidad por el Padre Isla. Ni que tampoco pretendan doblegar la voluntad nacional en lo que se refiere a mantener su dasein o identitaria forma de ser histórica española incitando al suicidio con el arma mortal de una barra libre para inmigrantes sin control. Consejos vendo que para mí no tengo. El Estado Vaticano ejerce un control férreo de sus fronteras para que allí no se cuele una mosca, incluso han aumentado las multas y hasta penas de cárcel para quienes entren ilegalmente. La CEE no lo sabe pero en España existen más de ocho mil casas parroquiales e innumerables palacios episcopales u otros inmuebles y dependencias que pudieran acoger caritativamente como se predica a invasores menesterosos. Pero una cosa es pedir y otra dar trigo. Ahora bien, para mejor comprender esta visita entre tanta hipocresía también nos podemos ayudar del famoso Manifiesto Surrealista de André Bretón: “El surrealismo poético, al que consagro el presente estudio, se ha ocupado, hasta el actual momento, de restablecer en su verdad absoluta el diálogo, al liberar a los dos interlocutores de las obligaciones impuestas por la buena crianza. Cada uno de ellos se dedica sencillamente a proseguir su soliloquio, sin intentar derivar de ello un placer dialéctico determinado, ni imponerse en modo alguno a su prójimo. Las frases intercambiadas no tienen la finalidad, contrariamente a lo usual, del desarrollo de una tesis por muy insustancial que sea, y carecen de todo compromiso, en la medida de lo posible. En cuanto a la respuesta que solicitan debemos decir que, en principio, es totalmente indiferente en cuanto respecta al amor propio del que habla. 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